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Traslados

REGLAS PARA EL TRASLADO

Los traslados de los pacientes están a cargo del prestador y tiene el objetivo de garantizar la continuidad de la prestación de los servicios y el acceso integral en todos los niveles de atención y se dan como consecuencia de las remisiones que haga el médico tratante del prestador.

Para los casos de servicios ambulatorios, que por indicación del médicotratante perteneciente a la red ofertada por el contratista no amerite traslado en ambulancia a otro municipio, éste se hará por medio de transporte terrestre, fluvial o aéreo suministrado por el contratista, ida y vuelta.

El contratista no asumirá los costos de traslados de pacientes en el caso de requerir servicios ambulatorios en los siguientes casos, salvo que el médico señale la necesidad de transporte en ambulancia.

  • Dentro del municipio de origen.
  • Entre los municipios conurbados, las áreas metropolitanas y la capital; o cuando el costo del transporte sea menor o igual a un (1) salario mínimo legal diario vigente (SMLDV) por trayecto.

Para los afiliados en poblaciones dispersas se reconocerá el costo del transporte terrestre, fluvial o aéreo, incluso dentro del mismo municipio, para acudir a los servicios tanto básicos como especializados, cuando este transporte regularmente cueste más de un (1) salario mínimo diario, con el fin de suprimir dicha barrera de acceso a los servicios de salud.

En los casos de menores de quince (15) años o personas en alto grado de discapacidad, que requieran de la compañía de un familiar, el medio de transporte empleado para el acompañante será el mismo que se emplee para el paciente, conforme a las condiciones de seguridad del transporte a utilizar y el costo será asumido por la entidad.

Cuando un afiliado, por distancia o disponibilidad horaria de la oficina administrativa del contratista no pueda hacer el requerimiento del costo de transporte público colectivo con la debida anticipación tendrá derecho a solicitar posteriormente el reembolso de los gastos de transporte según el procedimiento establecido por la sociedad Fiduprevisora S.A.

REEMBOLSO 

El presente contrato solo cubre Reembolsos o devolución de dinero al usuario en los casos de transporte de pacientes, en el cual se indica:

Cuando un afiliado, por distancia o disponibilidad horaria de la oficina administrativa del contratista no pueda hacer el requerimiento del costo de transporte público colectivo con la debida anticipación tendrá derecho a solicitar posteriormente el reembolso de los gastos de transporte según el procedimiento establecido por la sociedad Fiduprevisora S.A.

Requisitos para la solicitud de reembolsos 

Dentro de los ocho (8) días calendario, siguientes a la prestación del servicio, debe realizar el trámite ante la entidad prestadora de servicios de salud, presentando los siguientes documentos:

 

  • Carta de solicitud indicando los datos personales, lugar de residencia y lugar del servicio en que se le brindo la atención
  • Original de la factura
  • Copia de la orden médica de servicio y factura del servicio de transporte, resumen de la historia clínica
  • Demás soportes que considere pertinentes

Para efectos de pagoel prestador de salud se obliga a cancelar dentro de los 15 días hábiles siguientes a la fecha de presentación de la factura, los valores correspondientes a la atención.

Nota: Para los servicios que por su nivel de alta complejidad se presten fuera del departamento o fuera de la Región y su valor sea más de 1 SMLVD, se autorizaran los traslados de ida y vuelta un día antes de la fecha de la atención del servicio requerido en la sede Neiva respectiva para su trámite.

Municipios que tienen  derecho a subsidio de transporte:

ZONA NORTE:

  • No aplica el pago del servicio de transporte.

ZONA CENTRO

  • Suaza

ZONA SUR

  • Pitalito
  • Palestina
  • San Agustín
  • Isnos
  • Oporapa
  • Acevedo
  • Salado Blanco

ZONA OCCIDENTE

  • No aplica el pago del servicio de transporte.

Todos los transportes fuera del departamento para atenciones ambulatorias que superen 1 SMLDV.

No aplica el pago de transporte para municipios cuyo transporte sea menor o igual a un 1 SMLDV por trayecto como:

  • Campoalegre
  • Palermo
  • Agrado
  • Santa María
  • Iquira
  • Algeciras
  • Gigante
  • Tesalia
  • Garzón
  • Paicol
  • Potrerillos
  • Elías
  • Altamira
  • Tarqui
  • Zuluaga
  • Nataga
  • La plata
  • Timana
  • Guadalupe
  • La argentina